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Una Corte de Apelación de la Republica Dominicana desestimó el día de ayer la condena por difamación penal contra Johnny Alberto Salazar, periodista radial del pueblo de Nagua, quien había sido sentenciado en enero a seis meses de prisión por supuesta “difamación e injuria” contra un abogado de la localidad.

De acuerdo a ciertos reportes de periódicos locales, los jueces de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís desestimaron la condena contra Salazar, quien trabaja en Vida FM y vidadominicana.com, por considerarla “improcedente y contradictoria”.

El caso se enfocaba en los comentarios que realizó Salazar en su programa de radio, al afirmar que el abogado Pedro Baldera Gómez, miembro de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en Nagua, había defendido a varios ladrones de la localidad. Luego de esto, Baldera Gómez demandó al periodista por difamación.

Salazar pudo haber sido el primer periodista en ser encarcelado por difamación penal en la Republica Dominicana. Así mismo, el fallo de ayer lo exonera de pagar una multa de un millón de pesos (20.500 euros), que le fue impuesta junto con la condena en prisión emitida por un juez de Nagua, Salma Bonilla. Esta suma de dinero es 100 veces superior a lo que estipulan las leyes sobre la difamación criminal en ese país.

Este cambio en el fallo se da poco antes de la visita que realizará la próxima semana el Instituto Internacional de Prensa (IPI) a la República Dominicana. Esta reunión, que se llevará a cabo en el Caribe, forma parte de una misión multinacional en favor de la libertad de prensa, que busca así apoyar la despenalización de las leyes de difamación.

La directora ejecutiva del IPI, Alison Bethel McKenzie, dirigirá la misión. “Estamos muy contentos por la decisión de la corte de apelación de desestimar la sentencia contra el señor Salazar. Ésta es una muy buena noticia, y éstas no son fáciles de encontrar en el mundo de la libertad de prensa. Sin embargo, el señor Salazar nunca debió haber estado en esta posición, los periodistas no deberían enfrentar la posibilidad de ser enviados a prisión por hacer su trabajo”.

McKenzie agregó: “este caso nos muestra que las leyes que penalizan la difamación, en vez de ser consideradas ‘reliquias legales’, continúan siendo utilizadas para intimidar a los medios de comunicación y para ocultar información que el público tiene derecho a saber. Exhortamos al gobierno de la República Dominicana a reconocer el peligro que representan estas leyes para la democracia y por ende deben considerar su abrogación”.

El Colegio Dominicano de Periodistas, quien ayudó al IPI en la preparación de la misión al Caribe, apoya un proyecto de ley del 2010 sobre la libertad de expresión. Dicho proyecto modificaría la Ley 6132, una de las dos leyes del marco legal dominicano que regula la difamación. El proyecto de ley, a la espera de la aprobación por parte del ejecutivo antes de poder ser considerado por el poder judicial, despenalizaría la difamación. En reuniones con las autoridades de la República Dominicana, el Instituto Internacional de Prensa espera encender la chispa de la voluntad política que permitirá modernizar las leyes, y por ende, fortalecer la democracia.

La ley dominicana sobre la difamación, contenida tanto en el Código Penal del país como en la “Ley 6132 sobre la Expresión y Difusión del Pensamiento”, establece una pena de dos años de cárcel en ciertos casos. En ambas se incluyen “leyes de desacato”, muy comunes en países hispanohablantes, que endurecen el castigo por difamación penal cuando el sujeto víctima de difamación es un funcionario público en ejercicio de sus funciones oficiales.

Traducido por Geraldine Murillo Rojas